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15 de octubre de 2019

Hablemos de Censo Inmobiliario


Verdades y mentiras acerca del censo inmobiliario.



¿ Qué debemos  hacer para evitar las violaciones que se pretenden ejecutar contra la propiedad ?
¿Cómo afrontar estas medidas propuestas por entes supra constitucionales?
¿Cómo defender nuestro derecho a la propiedad privada ?

Esta tarde a las 5 pm en Parque Trini, podremos ventilar estas y otras dudas acerca del pretendido Censo Inmobiliario.

Parque Trini, sede de ASOVETRI, Salón Grande, calle Arenal, La Trinidad al lado del Colegio Lino de Clemente.


8 de octubre de 2019

HERRAMIENTAS PARA ATENDER EL XV CENSO EN SU COMUNIDAD

PARA LAS JUNTAS DE CONDOMINIO, ASOCIACIONES DE VECINOS, URBANIZACIONES, ETC.







Este artículo pretende aclarar las dudas en vista de la polarización de una matriz de opinión entre el adelantado “XV Censo de Población y Vivienda" y la campaña "Ubica tu Casa".

Recuerden ustedes la cantidad de viviendas entregadas por el Gobierno para la Gran Misión Vivienda (GMVV), cuando responsablemente la Asamblea Nacional  advirtió a los beneficiarios de dichas unidades que no tendrían acceso al título de propiedad, lo que más tarde se pudo corroborar a través de un artículo documentado por Transparencia Venezuela donde se revela que el TSJ negó el Título de Propiedad a los beneficiarios de GMVV . 

Las ocupaciones que hemos observado corresponden al llamado del Gobierno identificado como “Ubica tu Casa” es lo que hemos observado a través de los medios, corresponden a estas viviendas que fueron alquiladas, abandonadas o dadas en cesión a algún familiar para conservar la unidad en cuestión. El llamado del gobierno para ocupar arbitrariamente estas unidades  es la consecuencia de no haber querido entender las advertencias dadas por nuestra Asamblea Nacional en su debido momento. Muestra de la veracidad de lo que aquí explicamos está contenido en el siguiente artículo: http://bit.ly/BEM-11 

Ahora bien, presten atención a la Gaceta Oficial está en circulación desde el 23 de septiembre del año en curso. Nuestra necesidad de informar, nos lleva a republicar información leyendo solo los encabezados que mientras más impacto tengan más rápidamente se polarizan, sin los comentarios correspondientes, generando alarmas en nuestras vidas que desencadenan reacciones y no acciones que nos conduzcan a la toma de decisiones más convenientes para proteger a nuestras comunidades. El contenido de la Gaceta pretende legitimar el adelanto de un censo previsto llevarse a cabo para el año 2021. Las preguntas que debemos hacernos los ciudadanos son las siguientes:

¿Cuál es el verdadero objeto de adelantar este censo?

Esta pregunta se ha contestado en miles de oportunidades como la intención de invadir y aterrorizar al ciudadano de a pie y sobre todo a aquel que tiene su propiedad bajo llave porque se encuentra resolviendo asuntos en el exterior o porque legítimamente decidió como su segunda vivienda otra nación. Entendemos que la "Coalición Dominante (CD)" no trabaja bajo legalidad alguna, pero debemos recordar que “El Tirano no existe, si no hay pueblo que le obedezca”.

En este sentido las leyes nos amparan, si usted es dueño de una propiedad y no se encuentra en el país, manténgase al día en cuanto a su mantenimiento, sus compromisos con la comunidad y con sus impuestos municipales, de esta manera NADIE podrá declarar “ABANDONADA” su propiedad.

Para el Censo de Población y Viviendas, a nuestro parecer, el objeto más claro consiste en tener la información poblacional para elaborar los circuitos que más le convengan a la CD para favorecerse de los resultados de una inminente contienda electoral.

¿Qué es muy importante saber?

El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) deberá publicar el procedimiento para que todos, absolutamente todos los ciudadanos sepan quiénes serán sus empadronadores, cómo estarán identificados, cuál es el contenido de la encuesta, entre otros detalles de interés para que cualquier ciudadano pueda informarse sobre el procedimiento. Hasta la fecha esta información no está disponible en el portal del INE, lo que nos indica que el procedimiento no está listo. Esto es un elemento a favor del ciudadano, no podemos aceptar visitas sin la información que nos garantice como ciudadanos transparencia en el proceso y evitar poner en riesgo la seguridad de nuestras familias y hogares. Recuerden que la LEY NOS ASISTE.

Otra información que posee la Gaceta es que en ella no se da crédito al pronunciamiento del Ricardo Menéndez donde informó que este se llevaría a cabo por la Milicia, Militantes de Partidos, o de UBCH, por lo que tan sólo su presencia debe ser una señal de alarma para no dejar ingresar a estos cuerpos a nuestras comunidades.

No le estamos pidiendo que no se preocupe, le estamos pidiendo que se ocupe manteniéndose informado y mantener informada a su comunidad del protocolo de seguridad establecido para éste y otros muchos casos que puedan presentarse. Recuerde que su comunidad puede estar en riesgo con la simple visita de una cuadrilla de operarios de una empresa de servicio cuyas credenciales no son verificadas y en muchos casos han resultado falsas, brindándole la oportunidad al delincuente para que entre en su hogar.

Hemos puesto a la orden del ciudadano tres (3) documentos para ser publicados a la entrada de sus comunidades, tengan o no vigilancia. La siguiente información pretende ser un papel de trabajo para las comunidades, sea un condominio o una urbanización. Estarán libres de personalizarlos, sólo pretendemos dar un paso adelante para cooperar con los requisitos mínimos de seguridad que deben ser atendidos por una comunidad. Los protocolos internos deberán ser revisados y discutidos en una Asamblea de vecinos.

La seguridad de viviendas que se encuentren en lugares aislados dependerá de los vecinos más cercanos, que deseen prestar apoyo a aquel que no se encuentre, considerando que lo más probable, es que quien ocupe el lugar por abandono, no tendrá sentido de pertenencia por lo tanto de cuido y resguardo de que esta unidad desocupada no sea tomada tendrá directamente repercusión en su seguridad y la de los suyos, por lo que un acuerdo entre vecinos puede ser beneficioso para todos.  Establezca contacto con su vecino y prepárese para abordar esta situación con cordura y sobre todo con organización.

A continuación compartiremos tres (3) documentos modelo que podrán personalizar para ser utilizados en su comunidad.

1.- Carta modelo para las urbanizaciones dirigida a las autoridades en el siguiente enlace: http://bit.ly/BEM-03

2.- Carta modelo para enterar del protocolo a los vecinos de una urbanización en el siguiente enlace: http://bit.ly/BEM-04

3.- Carta modelo para edificios residenciales en el siguiente enlace: http://bit.ly/BEM-10

4.- Gaceta Oficial Ext N° 6.480 del 23 sept 2019 Decreto 3.990 Censo Nacional de Población y Vivienda en el siguiente enlace : http://bit.ly/BEM-05

¿Le ha resultado útil esta información? Regálenos un “Like” en caso afirmativo de lo contrario escribanos, recuerde que su opinión es muy importante para nosotros.

http://bit.ly/BEM-06


23 de septiembre de 2019

¿CENSO O INVASIÓN?


Lo que el ciudadano debe saber es que como SOCIEDAD CIVIL tenemos el derecho acogernos al Artículo 61 de la Constitución Nacional y no permitir que milicianos, miembros del partido " Somos Venezuela " y militantes del PSUV a través de las UBCH, pretendan conocer nuestras realidades inmobiliarias. Históricamente los censos se realizan cada 10 años, al inicio o final del año, con empadronadores identificados y formados por el Instituto Nacional de Estadística con suficiente antelación.


Los ciudadanos debemos organizarnos e impedir el acceso de tales milicianos armados a nuestros hogares y menos aún proporcionar ninguna información.  Los invitamos a unirnos, tal como se hizo en el 2002 en la campaña "con mis hijos no te metas",  en esta oportunidad lo haremos "con mi casa no te metas"


La Ley nos asiste


Artículo 61 DE LA Constitución de la República Bollivariana de Venezuela: Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salvo que su práctica afecte su personalidad o constituya delito. La objeción de conciencia no puede invocarse para eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.


Artículo 471-A. (DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE): Quien con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno, inmueble o bienhechuría, ajenas, incurrirá en prisión de cinco años a diez años y multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a doscientas unidades tributarias (200 U.T.). El sólo hecho de invadir, sin que se obtenga provecho, acarreará la pena anterior rebajada a criterio del Juez hasta en una sexta parte.
La pena establecida en el inciso anterior se aplicará aumentada hasta la mitad para el promotor, organizador o director de la invasión.
Lo que el ciudadano debe saber es que como SOCIEDAD CIVIL tenemos el derecho acogernos al Artículo 61 de la Constitución Nacional y no permitir que milicianos, miembros del partido " Somos Venezuela " y militantes del PSUV a través de las UBCH, pretendan conocer nuestras realidades inmobiliarias. Históricamente los censos se realizan cada 10 años, al inicio o final del año, con empadronadores identificados y formados por el Instituto Nacional de Estadística con suficiente antelación.
Hace más de un año comenzaron las invasiones en Caracas: https://youtu.be/b28qBZPeWzo