14 de octubre de 2020

El Art. 68 Constitucional establece el Derecho a la Protesta Pacífica… detengan la represión injustificada al pueblo venezolano


Baruta En Movimiento 
14 de octubre de 2020

El pasado viernes 2 de octubre, día de la NO Violencia, nos dirigimos a la sede de la Defensoría del Pueblo, ubicada en Plaza Morelos Municipio Libertador, a entregar una carta, exigiendo a ese organismo que preservara los derechos del pueblo en lo referente a la protesta pacífica.

Hemos visto en las últimas semanas como han reprimido de manera muy violenta, manifestaciones espontaneas en toda Venezuela por la falta de gasolina, comida y por las fallas permanentes de servicios públicos.

Recordamos el Art. 68 de la Constitución:
“Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley.

Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.”

Los ciudadanos tienen el derecho a disentir, denunciar y protestar, tal y como lo establece el artículo Constitucional por el incumplimiento por parte del Estado de sus deberes de atención al pueblo y por su incapacidad de garantizar los derechos establecidos en la Carta Magna.

La represión brutal y desmedida, las detenciones arbitrarias y los casos de torturas y tratos crueles reportados, engrosan el expediente de violaciones a los Derechos Humanos que la Misión de Determinación de Hechos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas está levantado en el país, vale mencionar que extendieron por dos años el plazo de funcionamiento de la Misión.

A los ciudadanos les decimos que mantengan la protesta pacífica, cuando comience la represión, no tiene sentido enfrentarse a los órganos represores del Estado Venezolano, hay muchas maneras de protesta, de disentir y de actuar en contra de un Estado que simplemente no le cumple a los ciudadanos. 




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