Los acontecimientos que están ventilándose ante la jurisdicción municipal, ante los pronunciamientos de la Asociación de Vecinos de Prados del Este -ASOPRAES- un llamado de alerta vecinal.
Abogado Municipalista
La decisión judicial de sustituir la junta directiva, precedida de una orden de no comunicar en los MÇS los planteamientos vecinales, un caso, que debe llevar al despertar de la ciudadanía.
Las asociaciones de vecinos, están reconocidas constitucionalmente, cuando se mencionan grupos, organizaciones y asociaciones de carácter vecinal, artículos 182 y 184 de la Constitución vigente.
La participación vecinal, encuentra sustento en los artículos 102 al 108 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística.
Así que el ejercicio de los derechos vecinales, no se pueden conculcar por decisiones arbitrarias y ajenas a la democracia vecinal.
Estamos ante un caso Asociación vs Decisiones urbanísticas contrarias al interés vecinal, en consecuencia, es admisible nuestra solidaridad, apoyo y pronunciamiento ciudadano en favor de ASOPRAES.
Incluso, no es descartable el hacerse parte en el juicio, para hacer valer la voz de los vecinos y lograr revertir una acción judicial alejada de la justicia.
COMUNICADO