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22 de junio de 2021

La Visita a FOSPUCA por el Contralor Municipal

 

Como resultado de nuestra visita el pasado martes 12 de mayo ante el despacho del Contralor Municipal Dr. Mario Arias, el pasado viernes 18 de junio se presentó ante la Empresa Fospuca acompañado de  Auditores de Control Posterior de la Contraloría de Baruta.

En esta publicación mostramos el video demostrativo donde el Contralor nos anuncia su visita ante la empresa prestadora del servicio en virtud de las múltiples denuncias.

Descuentos por encima del 50% son negociados si el pago se realiza en dólares americanos.¿Un descuento del 50% no nos manifiesta, sin necesidad de auditorías, el calculo de un sobreprecio del 100% en el servicio?

¿Por qué no incluyen el Petro en sus formas de pago?

Todo lo relacionado con este servicio, sigue gozando de opacidad, aun los documentos solicitados ante el Consejo Municipal el pasado 16 de marzo del año en curso no nos han sido entregados. Seguimos sin recibir respuesta por parte de la Alcaldía y mientras tanto no han dejado de cobrar, se preste el servicio o no, y no dejan de aplicar multas y sanciones a nuestros comerciantes, haciendo que un alto porcentaje de negocios con años de tradición y calidad de servicio, cierren sus puertas debido a la falta de interés de nuestro órgano municipal para establecer acuerdos parciales a favor de la modificación de la Ordenanza. Esto no exime de responsabilidad a aquellos comerciantes que en virtud de la reingeniería productiva para la supervivencia en el municipio, recurran a cambios de rubros para vender bienes y servicios que no son declarados como corresponde. Sin embargo el hermetismo del órgano municipal incentiva la proliferación de la economía informal. Un carrusel de situaciones irregulares donde una lleva a la otra justificándose entre si. Todo en ello está mal, no es esta la forma de construir país.

Un poco de educación ciudadana nunca está de más, nos animamos a compartir con ustedes el ABC de la Ordenanza de la Basura donde encontramos la siguiente información:

Es importante que sepas...

El ciudadano en la gestión integral de residuos y residuos sólidos. 

El capítulo III de la ordenanza lleva por título: De la participación ciudadana y la corresponsabilidad en la gestión integral de residuos y desechos sólidos. Es oportuno recordar que entre los principios señalados en esta ley está la corresponsabilidad. 

La corresponsabilidad consiste, según el artículo 46, en la responsabilidad compartida entre los ciudadanos y las instituciones del Estado en el proceso de formación, ejecución, control y evaluación de la gestión social, comunitaria y comunal para el bienestar de la comunidad organizada. 

Si bien reitera que el servicio público de gestión integral de residuos y desechos sólidos debe ser garantizado por el Estado, su prestación es en corresponsabilidad con las comunidades organizadas. 

Los ciudadanos en el marco de esta ordenanza tienen los siguientes derechos: 

1. Participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes electos como garantía de su completo desarrollo tanto individual como colectivo. 

2. Disponer de servicios públicos de calidad, 

3. Disponer de una información adecuada y no engañosa sobre los mismos, 

4. A la libertad de elección y 

5. A un trato equitativo y digno.

Muchos de estos derechos son violados con el silencio administrativo.

Para garantizar el derecho ambiental reconocido constitucionalmente, la ordenanza señala: 

1.- Las autoridades municipales deben incorporar a los ciudadanos en los procesos de gestión, mediante mecanismos idóneos y dispositivos de intercambio de información, tales como talleres de trabajo, espacios físicos y virtuales de información, medios de difusión masivos, entre otros que faciliten la efectiva participación. 

2.- Los órganos y entes competentes deben interactuar con las comunidades organizadas, a los fines de conocer y tratar: 

Sobre los asuntos relacionados con la prestación del servicio procurando así buscar mejorar la calidad, eficiencia y eficacia del servicio;

 El tema del servicio tarifario, modificaciones o ajustes a las tasas;

Las inquietudes de las comunidades en esta materia.

3.- Para La ordenanza las comunidades organizadas tendrán prioridad para la participación y elaboración y ejecución de los diversos programas y proyectos contenidos en los planes de gestión manejo integral de residuos y desechos sólidos, para ello establece la posibilidad de celebrar convenios con las autoridades municipales, previa demostración de capacidad para realizar el proyecto o la actividad. 

Las Comunidades organizadas en el municipio Baruta, también tendrán preferencia a la participación en el manejo de los materiales recuperados en su ámbito geográfico y su transporte hasta los centros de acopio o plantas de tratamiento. 

La contraloría social es uno de los derechos que puede ejercer directamente la comunidad organizada a los fines de supervisar el manejo integral de residuos y desechos sólidos, atendiendo a las normas de participación y de protección a consumidores y usuarios.